Establecimientos de restauración, ocio nocturno y locales de juegos y apuestas
Nuevas medidas del Govern hasta el 23 de agosto donde hay restricciones en varios ámbitos y en las Residencias solo visitas de los vacunados
En cuanto a la capacidad máxima por mesa, será de 4 personas en interior y de 8 en exterior. Estas medidas que afectan a los sectores mencionados entrarán en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial
AGENCIA MANACORNOTICIAS 02/08/2021 - 13:32:00
Estas medidas estarán en vigor desde que se publiquen en el BOIB hasta el 23 de agosto, coincidiendo con la revisión de la medida de limitación de la movilidad entre las 1h y las 6h.

Nuevas medidas en Residencias impuestas por el Govern: En cuanto a las residencias, se restringen las visitas solo a personas completamente vacunadas, que demuestren haber pasado la enfermedad en los 6 meses anteriores o que presenten PDIA negativa (PCR 72h antes) o prueba de antígenos (48h antes). Se exime de este requisito a los menores de 12 años, pero se recomienda extremar las medidas de precaución, en particular el uso de mascarilla, distancia de seguridad y ventilación.

Las salidas de residentes se permitirán con la firma previa de un consentimiento en el que se garantice que, durante el tiempo fuera de la residencia, los residentes solo se relacionarán con personas vacunadas o que cumplan los requisitos anteriores. Se exime de este requisito a los menores de 12 años, pero se recomienda extremar las medidas de precaución, en particular el uso de mascarilla, distancia de seguridad y ventilación.

120 personas en exteriores y 50 en interiores, siempre que no se supere el 50% de cabida máxima. En todo caso, el acontecimiento tiene que concluir a las 01.00 horas como máximo.

Los trabajadores no vacunados y que no puedan demostrar haberse recuperado de la enfermedad en los últimos 6 meses se tendrán que someter a 3 PDIAs semanales, de las cuales al menos dos tendrán que ser PCR. Estas medidas estarán en vigor desde que se publiquen en el BOIB hasta el 23 de agosto, coincidiendo con la revisión de la medida de limitación de la movilidad entre las 1h y las 6h.

Celebraciones y ceremonias. La participación en ceremonias y celebraciones nupciales, bautizos, comuniones y otras celebraciones asimilables se puede llevar a cabo en espacios públicos y privados, tanto al aire libre como en espacios cerrados, siempre que no supere el número de 120 personas en exteriores y 50 en interiores, siempre que no se supere el 50% de cabida máxima. En todo caso, el acontecimiento tiene que concluir a las 01.00 horas como máximo.

Parques y playas. En las islas de Mallorca, Menorca e Ibiza tendrán que estar cerrados al público entre las 22.00 y las 06.00 horas.

Fiestas populares y ferias. Se permite la realización de ferias y muestras, de acuerdo con la normativa COVID-19 específica para mercadillos. Las actividades tienen que ser preferentemente al aire libre. Las paradetes de comer tienen las mismas limitaciones que las terrazas de bares y restaurantes.

Se permite la realización de actos culturales, deportivos e institucionales ligados a la celebración de fiestas populares, siempre que se sigan las medidas para la COVID-19 sectoriales correspondientes al tipo de actividad. En cualquier, caso se recomienda que la asistencia se organice por sistema de reserva previa. Los organizadores tienen que garantizar que no se generen riesgos de aglomeraciones ni se produzcan.

Se permite la realización de bailes populares al aire libre. Los participantes tienen que llevar mascarilla incluso en el momento del baile.

No se permite la realización de acontecimientos tipos cena al fresco, verbenas ni correfocs.

El material promocional de las actividades (programas de fiestas, carteles, imágenes digitales...) tienen que especificar las medidas de prevención y de control que se aplican. Con el fin de evitar desplazamientos de un municipio a otro, no se pueden organizar actividades que los promuevan o que, por experiencia de años anteriores, se tenga conocimiento de estos desplazamientos y de la afluencia de personas.

Las representaciones culturales tradicionales (cossiers, caballetes, etc.) se tienen que desarrollar en un entorno en que se pueda garantizar el control de acceso del público, la capacidad máxima del espacio y el mantenimiento de la distancia social.

Establecimientos de restauración, ocio nocturno y locales de juegos y apuestas.

Se continúa permitiendo el servicio de restauración de bares, cafeterías y restaurantes en espacios interiores y en terrazas hasta la 01.00 h de cada día en todas y cada una de las Islas, salvo que las ordenanzas municipales establezcan una hora de cierre anterior.

En cuanto a la capacidad máxima por mesa, será de 4 personas en interior y de 8 en exterior. Estas medidas que afectan a los sectores mencionados entrarán en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

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